La vocal por los pasivos de la Caja de Previsión Social, Viviana Carabajal, cuestionó el mecanismo aplicado por el Gobierno provincial y aseguró que existen trabajadores incluidos en expedientes jubilatorios que no habrían presentado previamente su renuncia. El debate también alcanza a tres integrantes del Tribunal Superior de Justicia.

Una fuerte discusión se abrió en Santa Cruz alrededor de la aplicación del Decreto 608 y su relación con la Ley Provincial 1782, que regula el régimen previsional.
La controversia tomó mayor dimensión después de una sesión extraordinaria del directorio de la Caja de Previsión Social (CPS), donde fueron tratados 27 expedientes de personas alcanzadas por el decreto.
La vocal por los pasivos, Viviana Carabajal, decidió retirarse de aquella reunión junto al representante de los activos, Cristián Sánchez, y no acompañar el tratamiento de esos beneficios.
El planteo de Carabajal apunta principalmente a las diferencias que, según su interpretación, existen entre lo establecido por la Ley 1782 y los plazos introducidos mediante el Decreto 608.
La preocupación por los trabajadores
Más allá de la repercusión que tomó la situación de tres vocales del Tribunal Superior de Justicia, Carabajal puso especial énfasis en lo que podría ocurrir con empleados públicos comunes que reúnen las condiciones necesarias para acceder al beneficio.
Según explicó, entre los expedientes tratados existirían personas que no habrían presentado su renuncia a la actividad y algunas incluso desconocerían que estaban incluidas dentro del procedimiento.
Para la representante de los jubilados, allí se encuentra uno de los puntos más delicados de la discusión: una cosa es cumplir con los requisitos previsionales y otra diferente es decidir cuándo finalizar definitivamente la actividad laboral.
Carabajal sostiene que la Ley 1782 contempla posibilidades para continuar trabajando después de reunir las condiciones jubilatorias, mientras que cuestiona que el Decreto 608 pueda acelerar ese proceso.
De acuerdo con su interpretación, la nueva modalidad puede establecer un plazo de 30 días, con posibilidad de extenderlo hasta 180 días cuando el empleador requiera la continuidad del trabajador.
Los 27 expedientes y la postura de la Caja
La situación involucra a 27 casos, aunque las identidades de la mayoría no fueron difundidas públicamente.
Dentro de ese grupo aparecen tres nombres que adquirieron especial relevancia institucional: Reneé Guadalupe Fernández, Alicia de los Ángeles Mercau y Paula Ernestina Ludueña Campos, integrantes del Tribunal Superior de Justicia.
Sin embargo, desde la conducción de la Caja de Previsión Social existe una posición diferente.
El presidente del organismo, Pablo Pérez, sostuvo que los 27 beneficios fueron solicitados voluntariamente por sus titulares y señaló que la CPS se limitó a comprobar que cada expediente cumpliera con los requisitos establecidos por la Ley 1782 y el Decreto 608.
De esta manera, existen dos miradas contrapuestas sobre un mismo procedimiento.
El Decreto 608 y la Ley 1782, en el centro del debate
Carabajal considera que cualquier modificación sustancial del régimen previsional debería discutirse dentro de la Legislatura provincial y no establecerse mediante un decreto del Poder Ejecutivo.
También recordó que Cristián Sánchez llevó anteriormente el Decreto 608 ante la Justicia. Según explicó, la medida cautelar vinculada con aquella presentación dejó de tener vigencia, pero sostuvo que todavía no existe una definición sobre la cuestión de fondo respecto de la constitucionalidad de la norma.
La discusión, por lo tanto, excede los expedientes tratados recientemente y plantea un debate más amplio respecto de hasta dónde puede avanzar el Ejecutivo mediante un decreto sobre derechos contemplados en la legislación previsional provincial.
Una discusión que podría alcanzar a más empleados
Carabajal advirtió que su principal preocupación no está concentrada exclusivamente en las integrantes del máximo tribunal provincial, sino en lo que podría ocurrir posteriormente con otros trabajadores estatales.
Desde su perspectiva, el conflicto actual puede transformarse en un antecedente para futuros pases a retiro de personas que ya reúnen los requisitos jubilatorios.
Por eso, la controversia alrededor de los 27 expedientes abre una discusión que seguramente continuará tanto en el ámbito político como previsional y judicial.
Mientras la conducción de la CPS sostiene que los beneficios fueron iniciados voluntariamente, los representantes de activos y pasivos que cuestionaron el procedimiento mantienen sus reparos sobre la aplicación del Decreto 608.
El debate recién comienza y podría tener consecuencias sobre un universo mucho mayor de trabajadores provinciales que se encuentran próximos a alcanzar las condiciones para jubilarse.
Fuente: Diario Nuevo Día
CONTENIDO INSTITUCIONAL

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